Por Gerardo Bautista
AIPIN / Servindi – A 10 años de la aprobación de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas, los compromisos adquiridos por los países no se han concretado, y se ve muy incierta.
El Informe de la Relatora Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas de las Naciones Unidas, Victoria Tauli-Corpuz, es contundente.
El tema remitido por el Consejo de Derechos Humanos, es revisado a profundidad en el 71° Período de Sesiones de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), y en su análisis, se pide a los países garantizar el reconocimiento y los derechos de las sociedades ancestrales.
En su informe que tuvo lugar en Nueva York, y concluyó este 30 de septiembre, afirma que el cierre de la brecha entre el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en los planos internacional y nacional y la aplicación real sobre el terreno sigue siendo su principal preocupación.
La investigación, expresa, pone de manifiesto un número alarmante y creciente de casos en los que la inversión extranjera en los sectores de minería, petróleo y gas trae como resultado graves violaciones de la tierra, el autogobierno de los pueblos indígenas y los derechos culturales.
Tauli-Corpuz, ofrece un análisis temático de las medidas de conservación y sus repercusiones en los derechos de los pueblos indígenas.
La experta filipina asegura que 2017 marcaría el décimo aniversario de la adopción de la Declaración sobre los pueblos indígenas en la Asamblea General.
Y aquí es categórica: La brecha entre el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en los planos internacional y nacional y la aplicación real sobre el terreno sigue siendo su principal preocupación.
Ella había centrado sus esfuerzos en cuestiones relacionadas con los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de los pueblos indígenas.
Tauli-Corpuz alerta de un número alarmante y creciente de casos en los que la inversión extranjera en los sectores de minería, petróleo y gas fue lo que resulta en graves violaciones de la tierra, el autogobierno de los pueblos indígenas y derechos culturales.
Acuerdos internacionales de inversión podrían agravar y exacerbar a los graves impactos de los proyectos de inversión sobre los derechos de los pueblos indígenas.
En su información, afirma que las zonas protegidas brindan la posibilidad de salvaguardar la diversidad biológica para beneficio de toda la humanidad.
Su texto concluye con recomendaciones sobre la manera en que pueden llevarse a cabo las actividades de conservación, tanto en la esfera normativa como en la práctica, respetando los derechos de los pueblos indígenas y mejorando la conservación sostenible.
La conservación y su impacto en los pueblos indígenas son un tema constante.
Los tres Relatores Especiales sobre los derechos de los pueblos indígenas de las Naciones Unidas, han constatado las violaciones de los derechos humanos de las sociedades nativas a nombre de la conservación.
Países del Orbe, han expropiado tierras, permitido el desplazamiento forzoso, negado el autogobierno, así como negado el reconocimiento de propias autoridades indígenas así como la negación del acceso a la reparación en justicia, incluidas la restitución y la indemnización.
Este año, el informe de la Relatora se centra en las zonas protegidas terrestres, y los factores clave que causan el desplazamiento de los pueblos indígenas de sus tierras y la violación general de sus derechos sobre la tierra y los territorios por las industrias extractivas, la ampliación de las agroempresas y la construcción de megaproyectos de infraestructura.
El texto de Victoria Tauli, detalla que por zona protegida “se entiende un área definida geográficamente que haya sido designada o regulada y administrada a fin de alcanzar objetivos de conservación específicos. Las zonas protegidas adoptan modalidades de conservación muy diferentes, entre ellas parques y bosques nacionales, refugios de flora y fauna silvestres, zonas marinas, reservas privadas y reservas administradas por organizaciones no gubernamentales, zonas protegidas de los pueblos indígenas, tierras comunitarias y otras áreas donde la protección de la naturaleza y la práctica de una subsistencia sostenible fomentan la integridad de los ecosistemas”.
Tauli-Corpuz, afirma que los territorios indígenas tradicionales, constituyen 22 por ciento de la superficie del planeta, coinciden con áreas en las que se encuentra 80 por ciento de la diversidad biológica mundial.
En Bolivia, el Brasil, Chile y Colombia, al igual que en el Canadá y los Estados Unidos de América, un alto porcentaje de las zonas protegidas está ubicado en territorios indígenas tradicionales.
Según el apunte de la Relatora, los pueblos indígenas mantienen fuertes vínculos espirituales con las plantas, los árboles y los animales que viven en sus tierras, y para ellos, proteger sus territorios es un deber sagrado.
Se reconoce cada vez más que las tierras ancestrales de los pueblos indígenas contienen los ecosistemas más intactos y proporcionan la forma de conservación más eficaz y sostenible.
Estudios demuestran que los territorios de pueblos indígenas con derechos sobre la tierra están notablemente mejor preservados que el resto. Sin embargo, todavía no se reconoce debidamente el importante papel que desempeñan los pueblos indígenas.
Desde el punto de vista de la conservación, acusa, cuando los pueblos indígenas pierden la tutela sobre sus tierras y estas quedan bajo el control gubernamental, esas áreas se ven expuestas a la colonización destructiva, las industrias extractivas, la tala ilegal, la expansión de las agroempresas.
El punto 18 del informe, reconoce que los movimientos de pueblos indígenas, se ha traducido en avances en el derecho internacional con el reconocimiento de un derecho colectivo a sus tierras tradicionales, y una mayor conciencia entre los ecologistas acerca del importante papel que esos pueblos desempeñan en la conservación de la biodiversidad.
La pelea no es sencilla para el movimiento indígena. Enfrentan dificultades para obtener el reconocimiento jurídico de su propiedad colectiva de las tierras ancestrales, especialmente cuando éstas ya han sido declaradas territorios protegidos.
En el documento que circula como parte del punto 66 de la Agenda de la Asamblea General, referente a Derechos de los Pueblos Indígenas, así como; seguimiento del documento final de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General conocida como Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas, se profundiza la indignación por la sistemática violación de los derechos territoriales y políticos de las sociedades originarias.
Los pueblos indígenas consideraban que la creación de zonas protegidas era una medida colonialista, ya que conllevaba la subyugación y la pérdida de tierras, autonomía, autogobierno y medios de vida, así como la ruptura de vínculos culturales y espirituales. Las zonas protegidas controladas por el Estado suponían la imposición de nuevas leyes y formas de control por parte de las instituciones gubernamentales, por lo que se consideraban un vehículo para la asimilación forzosa de los pueblos indígenas.
Muchas de las violaciones graves de los derechos humanos de los pueblos indígenas cometidas en nombre de la conservación, como el desplazamiento forzoso debido a la creación de reservas de caza en África, tuvieron lugar antes de la década de 1980. En muchos países, el persistente legado de estas violaciones sigue menoscabando el ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas, señala el compendio.
Un trabajo de 29 cuartillas, subraya que entre las consecuencias sufridas a raíz de su desplazamiento forzoso de zonas protegidas destaca la marginación, la pobreza, la pérdida de medios de vida, la inseguridad alimentaria, las ejecuciones extrajudiciales, la ruptura de sus vínculos con lugares espirituales y la negación de acceso a la justicia y la reparación.
Al respecto, los tres Relatores Especiales han expresado su grave preocupación por la repercusión que han tenido las zonas protegidas en los pueblos indígenas de numerosos países, como la Argentina, Botswana, Chile, el Ecuador, los Estados Unidos de América, Etiopía, la Federación de Rusia, Honduras, Kenya, México, Namibia, Nepal y Sudáfrica.
Las zonas protegidas siguen ampliándose, pero al mismo tiempo aumentan las amenazas contra ellas procedentes de la industria extractiva, el sector energético y los proyectos de infraestructura, por lo que es sumamente urgente hacer efectiva la conservación eficaz, colaborativa y a largo plazo.
Para la Relatora Especial, el pleno reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas sobre la tierra y su participación son condiciones esenciales necesarias para que la conservación continúe.
Tauli–Corpuz, está convencida que el cumplimiento del Plan de Acción de Durban, en el que se indica que todas las zonas protegidas, presentes y futuras, se gestionarán y establecerán respetando plenamente los derechos de los pueblos indígenas, y la Visión de Sídney, en que se prometió que se trataría de rectificar y remediar las injusticias pasadas y presentes en cumplimiento de los acuerdos internacionales, puede hacer efectivo el paradigma de la conservación basada en los derechos humanos.
En su recomendación a los Estados, llama a los gobiernos cumplir con la obligación de consultar a los pueblos indígenas y obtener su consentimiento libre, previo e informado antes de emprender iniciativas de conservación que puedan afectar a sus derechos.
La especialista pide prestar apoyo a los pueblos indígenas para que formulen y sostengan sus propias iniciativas de conservación e intercambiar con ellos experiencias de gestión de esas iniciativas. Ello, dice, permitirá aprender de las medidas de conservación tradicionales de los pueblos indígenas y transferirles a éstos, habilidades técnicas para que participen en la gestión de las zonas protegidas.
En la 33ª sesión del Consejo de Derechos Humanos que se celebra en Ginebra, México reconoce que los acuerdos internacionales de inversión podrían tener serios impactos en los derechos de los pueblos indígenas, y por eso es importante que los Estados la designación de expertos versados en los derechos de los pueblos indígenas para analizar este tipo de acuerdos.
Ahí mismo en el Palacio de Naciones de la ONU en Ginebra, Victoria Tauli-Corpuz, dijo que su primera recomendación fue que los Estados tomen medidas para aplicar la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. En segundo lugar, se insta a los Estados a mirar sus propias leyes, para ver si los que aún estaban discriminando a los pueblos indígenas. En tercer lugar, se refirió al documento final de la Conferencia Mundial, que también ha de ser aplicada.
Para Victoria Tauli-Corpuz, el aumento de la violencia en los territorios indígenas no debe aceptarse.
La única manera de evitar los despojos es reconociendo los derechos ancestrales de los pueblos indígenas, enfatiza la Relatora Especial.